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DIPLOMAS Y OTROS DOCUMENTOS Los diplomas que se insertan a continuación, proceden de manuscritos en los que se copiaron las escrituras originales, (privilegios, derechos, títulos de propiedad y otros documentos ) de los archivos de la corona, de obispados, monasterios, iglesias, o de personas privadas, con objeto de conservar, previamente autentificados, sus respectivos derechos en caso de pérdida de los originales. Algunos están escritos en latín y por lo general eran redactados por eclesiásticos. Otros fueron redactados por copistas o notarios en una lengua de transición, intermedia entre el latín y el castellano. |
Nodicia de kesos . Doc. del Monasterio de Ardón |
Muchos de ellos contienen errores propios de la dificultad de interpretación de los manuscritos originales.Sin entrar en más detalles pasaré a insertarlos a continuación. |
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GRULLEROS | ||||||||||||||
En la Edad Media, y especialmente durante los reinados de Alfonso X y Sancho IV, se suscita en muchas ocasiones el tema del “ yantar del rey” ,o sea, la obligación de hacer frente, por parte de sus súbditos, a los gastos de alimentación y a veces hospedaje, del rey y su séquito, cuando transitaba por una tierra determinada de sus reinos. Hasta tiempos de Alfonso X, el yantar se pagaba bien en especie o bien en dinero y, al menos en teoría, sólo cuando el rey o su enviado se personaban en el lugar, pero Alfonso X estableció tarifas determinadas en dinero, de pago general. Las Cortes de 1286 lo fijaron en 600 maravedíes de la moneda de la guerra para el yantar del rey, 300 para el del infante heredero, 200 el de la reina y 150 el del merino mayor. Las de 1293 pretendían que sólo se cobrara como antaño,es decir sólo cuando el rey comía en el lugar. así podemos leer: ... e mando que la mi iantar o la iantar de don Alfonso, myo fijo, quando hy fuéremos o a qualquier de nos que hy fuere que nos la den ... Los conflictos entre el rey o sus funcionarios, los merinos, y la iglesia y los concejos se multiplican. La iglesia tenía que pagar un yantar al monarca, aunque lo recaudara ella entre sus vasallos, por lo que los privilegios de ésta eran motivo de enfrentamiento con monarquía y los concejos. Un buen ejemplo de esto es el pleito de los vecinos de Villar de Mazarife contra los de Grulleros , que por afectar al Monasterio de Carrizo, hubo de dirimirlo el mismo Obispo de León. El panorama tributario de la Edad Media se ofrecía como un complicado tablero, donde cualquiera de la partes o sus intermediarios podían excederse, provocando quejas en la parte opuesta. Son muchos los enfrentamientos entre el rey , la iglesia y los Concejos . En 1241, Fernando III dicta una sentencia que resuelve un conflicto entre el concejo y la iglesia de León planteado a causa del cobro de algunos tributos entre los que se encuentra el yantar. El concejo reclama los derechos del Alfoz tal como los tenía antes de concederlos el rey.
En 1307, el yantar que corresponde a la zona de la villa de Carrizo se valora en 300 maravedíes (en adelante mrs.). y se pone como condición que ha de ir a comerlo allí y, si no lo hace, no habrá que pagarlo en dineros. Los vasallos de los lugares del monasterio de Carrizo, entre los que se incluye nuestro pueblo, debían pagar por los yantares la cantidad de 900 mrs. Debían hacerlo cada año por Pascua, menos un lugar que lo hacía por San Martín. Se especifica que los de Grulleros (1) sean bien defendidos de los de León, como se hacía antes. Pagarían concretamente 200 mrs. También se indica que no se reclame otra cosa que no sea el yantar , y si don Alfonso ( el rey) no cumple lo acordado, el monasterio podrá hacer lo que mejor considere. La duración de la encomienda es vitalicia. ----- 1). SANTAMARTA LUENGOS,José Mª Fiscalidad Regia en León., 1230-1350 .Nota 109
El documento que sigue se refiere a una venta que se hace de unas posesiones en Vega de San Adrian.
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Pleito entre el Abad de Valdevimbre y el noble Gondemaro sobre unos molinos en la presa de Vega de Infanzones.
Doc 128a del año 938 Editado por EMILIO SAÉZ Este documento, parte del cual se reproduce abajo, es de gran importancia para conocer los orígenes de Vega de Infanzones, pues es el más antiguo que conocemos de momento. Se trata del pleito entre el noble Gondemaro, y los abades de los monasterios de Ardón y Valdevimbre, por el agua de unos molinos. Según Justiniano Rodríguez, el poblado de Vega de Infanzones, se cita en este documento año 938, con el nombre de Vega de San Juan. Por aquel tiempo se encontraba bajo la influencia del convento de Cillanueva (también llamado de Rozuela o de Ardón ), cuyos monjes tenían instalados ya sobre el río Bernesga varios molinos, como lo atestiguan las numerosas referencias a las "molinarias" del Bernesga. Por otra parte, la repoblación de Vega parece que tiene lugar coincidiendo con los primeros momentos del citado monasterio. El texto al que se refiere Justiniano Rodríguez, trata del pleito sobre unos molinos entre el abad Balderedo del monasterio de Rozuela, y los monjes del de Valdevimbre ambos como demandantes y el noble Gondemaro y sus herederos, en calidad de demandados, que habitaban en Vega del Bernesga. Resumen los hechos:
En esta ocasión, los monjes no vieron con buenos ojos que Gondemaro volviera a establecer su molino en el mismo lugar. con tal motivo se entabla un largo pleito , que debido a la importancia de los litigantes, llega a conocimiento del mismo rey Ramiro II , ya que ambas partes eran personajes principales; noble uno y eclesiásticos de primer orden los otros. El propio rey dispone un juicio en la ciudad de León, designando varios "fideles" para el caso, entre los que hay participación de obispos y monjes.Los monjes, mantenían que al embalsar las aguas el molino de Gondemaro, que estaba más abajo, dejaba inactivo el de su propiedad instalado un poco más arriba perjudicando sus intereses.
Seguidamente, dieron suelta a las aguas del molino de Gondemaro y comprobaron que corriendo el agua hasta la hora nona sin interrupción , el nivel del agua en las estacas, colocadas presa arriba, permanecía idéntico, con lo cual se comprobó que el remanso de las aguas no llegaba al molino de los monjes , y por tanto no les perjudicaba en absoluto. A la vista de tales pruebas, el rey ordenó que las cosas siguieran como estaban , haciendo uso del molino y de sus aguas Tres años más tarde, se reanuda la contienda, ante el monarca, y tras una nueva prueba, se falló de nuevo a favor de Gondemaro el 25 de Junio del año 938, ordenando, en esta ocasión que éste y los suyos contribuyeran a la reparación de la presa y a la contención de las aguas, cuando dicha colaboración les fuera pedida por los monjes.
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GRULLEROS |
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